Caducidad de instancia en el proceso de familia.

La Sala Primera de esta Cámara con fecha 22/10/2024, , revocó la sentencia que decretaba la caducidad de instancia en un proceso sobre atribución de vivienda familiar. La resolución destacó la improcedencia de la caducidad en casos donde están en juego derechos de menores, subrayando el principio de oficiosidad que obliga al juez a impulsar el proceso en resguardo del interés superior de los niños. Asimismo, se ordenó notificar a la Asesoría de Incapaces para garantizar la protección de los derechos de las menores involucradas.

 

Fallo completo: 132293 ini

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Alimentos. Canasta de Crianza

La Sala Primera de esta Cámara  confirmó una sentencia en materia de alimentos en la que el tribunal ordenó que el progenitor abone una cuota mensual equivalente a la “Canasta de Crianza”, para garantizar el bienestar y nivel de vida de su hija menor de edad.

Se destacó la desigualdad económica entre los progenitores, aplicando una perspectiva de género y priorizando el interés superior de la niña. Mientras el padre tiene ingresos elevados y posee bienes materiales, la madre enfrenta limitaciones económicas significativas.

Fallo completo: 138088

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Violencia de género: alcance de la gratuidad del acceso a la justicia

La Sala Segunda de esta Cámara, en la Causa 129.521, sostuvo que el derecho al acceso a la justicia gratuita previsto en la Ley 26.485 implica la liberación del pago de cualquier tasa o sellado para el ingreso al sistema judicial y la gratuidad del patrocinio letrado que el Estado debe proveer. Pero ello no importa la eximición de costas en caso de elegirse un abogado particular.

Fallo completo: 129521

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Perspectiva de género para la imposición de costas

La Sala Segunda de esta Cámara, en la Causa 129.521, revocó la imposición de costas por su orden decidida en el juzgado de primera instancia, conforme el artículo 71 CPCC, y dispuso imponerlas al denunciado. Para ello, aplicó la perspectiva de género y sostuvo que, pese a las denuncias cruzadas, la víctima de violencia de género es la mujer y tal circunstancia determina una mirada no neutral del derecho aplicable que impide considerar la existencia de un vencimiento parcial y mutuo del caso.

Fallo completo: 129521

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Cesión de derechos hereditarios

La Sala Segunda de esta Cámara, en la Causa 138.767 sostuvo que la cesión de derechos hereditarios como acto de aceptación tácita de la herencia bajo el régimen del Código de Vélez Sarsfield, importa un acto de disposición de bienes del acervo hereditario que resulta incompatible con el sistema de gestión y administración previsto para el beneficio de inventario. En base a ello, se rechazó el pedido de los herederos de renunciar a una herencia ya aceptada.

Fallo completo: 138767

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[In] aplicabilidad de la doctrina “Barrios” a los juicios ejecutivos.

Con fecha 26/11/2024, la Sala Primera de esta Cámara Segunda resolvió, por mayoría, en la causa 133.950, y por opiniones contrapuestas sobre la aplicación de la doctrina de la causa “Barrios” de la SCBA y sus variables en un proceso ejecutivo, hacer lugar al pedido de modificación de la tasa de interés fijada en la sentencia de trance y remate firme y consentida (16/03/2023), a partir que fue requerida en el proceso (12/06/2024).

 

Fallo completo: 133 950

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Honorarios del mediador. Prorrateo.

Con fecha 28/11/2024, la Sala Primera de esta Cámara Segunda, resolvió, por mayoría, en la Causa 132.730, incluir los honorarios del mediador en el correspondiente prorrateo previsto por el artículo 730 del Código Civil y Comercial de la Nación, con los alcances que el precepto determina, atento a ser considerado dicho profesional, un auxiliar de la Justicia.

Fallo completo: 132730

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Responsabilidad profesional del médico. Consentimiento informado.

Con fecha 21/11/2024, la Sala Segunda de esta Cámara, en la causa 137548, , luego de modificar los montos relativos a la condena, confirmó la sentencia de la instancia anterior en cuanto admitió la demanda de daños y perjuicios por responsabilidad profesional del médico.
Para así decidir, destacó que no se acreditó en las actuaciones la existencia del consentimiento informado por parte de la paciente, por lo que sostuvo que resulta ineludible arribar a la conclusión en el sentido que dicha omisión responsabiliza al médico.
A su vez, con citas jurisprudenciales, remarcó que la ausencia de consentimiento informado, hace que la responsabilidad médica se inscriba en el campo de la imputación objetiva, trasladando al profesional los riesgos propios de la prestación quirúrgica. Así como que el incumplimiento del deber de obtener el consentimiento informado es una violación de la libertad del paciente, a quien debió hacérsele saber exactamente las ulterioridades de la operación para, sobre la base de ese conocimiento, inclinarse por concretarla o no. Son distintos los alcances de la responsabilidad si media culpa en el tratamiento propiamente dicho, o por el contrario la prestación ha sido correcta, o bien cuando no se puede probar claramente la culpa en el acto médico

Fallo completo: 137548

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Prescripción de la ejecutoria. Plazo quinquenal. Modificación de plazos por ley posterior.

Con fecha 21/11/2024, la Sala Tercera de esta Cámara resolvió declarar prescripta la acción ejecutoria de la sentencia por aplicación del plazo de cinco años, previsto en el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Fallo completo: 103394

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Phishing. Deber de seguridad del banco y conducta del cliente – consumidor.

Con fecha, 29/10/2024, la Sala Primera de esta Cámara -por mayoría interviniendo el Sr. Presidente del tribunal (por disidencia) en la causa 128602, confirmó la nulidad de contratos firmados entre una jubilada y el Banco Provincia, vinculados a una maniobra de phishing. La entidad fue condenada a reintegrar los fondos afectados y a pagar $534,000 en concepto de daño punitivo. Por mayoría se resolvió procedente la condena por daño punitivo debido a la gravedad del hecho, la afectación a una jubilada, la pasividad del banco frente a las fallas de seguridad y la falta de medidas preventivas ante el phishing. Consideró que esta multa de $534,000 busca disuadir futuras conductas negligentes y promover la protección efectiva de los consumidores.
En Disidencia parcial el juez López Muro, consideró que si bien el banco debía responder por las fallas de seguridad, el daño punitivo no era aplicable por no haberse acreditado una actitud desaprensiva o maliciosa de la entidad.

 

Fallo completo: 128602

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