Preguntas frecuentes sobre las Medidas Preventivas y Precautorias con intervención del Juzgado de Garantías según Acordada 4099
¿Todas las denuncias de cualquier tipo de delito ingresan directo al Juzgado de Garantías sin intervención de la Fiscalía? | No, solo aquellas donde haya la posible comisión de un delito en contexto de violencia familiar o violencia de género en el ámbito familiar |
¿A qué personas abarca el ámbito familiar? | Vínculos legales
Parentesco
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¿Otro tipo de relaciones son abarcadas, por ejemplo, expareja? | Si. Tenga o haya tenido relación de noviazgo o pareja. |
¿Qué tipos de violencia? |
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¿Qué medidas se pueden pedir? |
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¿El Juzgado de Garantías dispone las medidas en forma automática? | No. Siempre evalúa si es pertinente concederlas. Para ello observa los hechos, consulta al Registro de Violencia Familiar de la SCJBA (RVF), el Sistema Informático del Ministerio Público (SIMP) y el Registro Penal de Violencia Familiar y de Género de la Procuración Gral. (REVIFAG). |
¿Cuándo se le da intervención a la Asesoría de Menores e Incapaces? | Siempre que haya niñeces que estén en una situación en que se violen sus derechos. También se le da intervención al Servicio Local del municipio y a la Dirección de Niñez. |
¿Es necesario que como denunciante o víctima me acerque personalmente al Juzgado? | No. Todas las denuncias que ingresan con el formulario dispuesto por la SCJBA desde las seccionales policiales son analizadas por el Juzgado en forma obligatoria. Cualquier medida le será notificada por los medios aportados. |
¿Las denuncias que se realizan en la Oficinal de Denuncias del Ministerio Público Fiscal tienen este tratamiento? | No, esas denuncias van a la Fiscalía y las medidas deben ser requeridas por el o la Fiscal. Ello surge del artículo 3 de la Resolución 2209/21 de la SCJBA. |
¿Si hago la denuncia puedo luego retractarme y que quede sin efecto? | No. En ciertos delitos (lesiones leves) Se le preguntará si insta a la acción penal al momento de realizarla y a partir de esa respuesta no hay posibilidad de cambiarla. Si no se le preguntó, pero por haber intervención policial (llamado al 911 por ejemplo) también se considera que debe tramitar igual. |
¿Una vez dictada la medida cautelar o precautoria por el Juzgado de Garantías, que organismo continúa con su trámite? | El Juzgado de Garantías dicta la medida en la urgencia, luego se le da intervención a un Juzgado de Familia o un Juzgado de Paz y esos organismos continúan por ser los que tienen competencia por las leyes de violencia contra la mujer, género y familiar. |
¿Qué organismo investiga la denuncia por la posible comisión de delito? | La Fiscalía es la encargada de investigar. |
¿Si tengo pruebas que presentar, a que organismo se las llevo o envío? | A la Fiscalía, el Juzgado de Garantías no hace investigaciones penales ni instruye causas. Actúa sólo en la urgencia en el dictado de las medidas. |