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Turno del Juzgado del 16 al 31 de marzo
Fiscalía
16 al 17 de marzo U.F.I. y J. n° 6 C.C.
18 al 24 de marzo U.F.I. y J. n° 7 C.C.
25 al 31 de marzo U.F.I. y J. n° 1 C.C.
Defensoría
16 al 17 de marzo Def. n° 13 Gonzalez (subr)
18 al 20 de marzo Def. n° 14 Marcos Sanchez Clos
21 al 24 de marzo Def. n° 19 Pablo Nesci
25 al 27 de marzo Def. n° 16 Mariano Garcia Agnone
28 al 31 Def. n° 17 Mónica Etcheto
Fiscalías Fuero Responsabilidad Juvenil
16 al 17 Fiscal. Men. N° 3 Jorge Venzano
18 al 24 Fiscal. Men. N° 5 Enrique Lazari
25 al 31 Fiscal. Men. N° 6 Mariano Bonilla
UFI Género
16 al 17 UFI 17 GRAMAJO Javier
18 al 24 UFI 12 JUAREZ Jose Luis
25 al 31 UFI 16 JUAN Marcela
* U.F.I. y J. n° 8 (Del. económicos y viol. Institucional)
* U.F.I. y J. n° 11 (escruches y entraderas)
* U.F.I. y J. n° 10 (del. culposos)
* U.F.I. y J. n°14 (estupefacientes)
Juzgado de Ejecución Penal n° 1
* Juzgado de Garantías n° 3 Av-Lanus
* Juzgado de Familia n° 2
* Juzgado de Garantías n° 2 – Esteban Echeverría
* Juzgado de Garantías n° 7 – Ezeiza
Preguntas frecuentes sobre las Medidas Preventivas y Precautorias con intervención del Juzgado de Garantías según Acordada 4099
Preguntas frecuentes sobre las Medidas Preventivas y Precautorias con intervención del Juzgado de Garantías según Acordada 4099
¿Todas las denuncias de cualquier tipo de delito ingresan directo al Juzgado de Garantías sin intervención de la Fiscalía? | No, solo aquellas donde haya la posible comisión de un delito en contexto de violencia familiar o violencia de género en el ámbito familiar |
¿A qué personas abarca el ámbito familiar? | Vínculos legales
Parentesco
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¿Otro tipo de relaciones son abarcadas, por ejemplo, expareja? | Si. Tenga o haya tenido relación de noviazgo o pareja. |
¿Qué tipos de violencia? |
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¿Qué medidas se pueden pedir? |
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¿El Juzgado de Garantías dispone las medidas en forma automática? | No. Siempre evalúa si es pertinente concederlas. Para ello observa los hechos, consulta al Registro de Violencia Familiar de la SCJBA (RVF), el Sistema Informático del Ministerio Público (SIMP) y el Registro Penal de Violencia Familiar y de Género de la Procuración Gral. (REVIFAG). |
¿Cuándo se le da intervención a la Asesoría de Menores e Incapaces? | Siempre que haya niñeces que estén en una situación en que se violen sus derechos. También se le da intervención al Servicio Local del municipio y a la Dirección de Niñez. |
¿Es necesario que como denunciante o víctima me acerque personalmente al Juzgado? | No. Todas las denuncias que ingresan con el formulario dispuesto por la SCJBA desde las seccionales policiales son analizadas por el Juzgado en forma obligatoria. Cualquier medida le será notificada por los medios aportados. |
¿Las denuncias que se realizan en la Oficinal de Denuncias del Ministerio Público Fiscal tienen este tratamiento? | No, esas denuncias van a la Fiscalía y las medidas deben ser requeridas por el o la Fiscal. Ello surge del artículo 3 de la Resolución 2209/21 de la SCJBA. |
¿Si hago la denuncia puedo luego retractarme y que quede sin efecto? | No. En ciertos delitos (lesiones leves) Se le preguntará si insta a la acción penal al momento de realizarla y a partir de esa respuesta no hay posibilidad de cambiarla. Si no se le preguntó, pero por haber intervención policial (llamado al 911 por ejemplo) también se considera que debe tramitar igual. |
¿Una vez dictada la medida cautelar o precautoria por el Juzgado de Garantías, que organismo continúa con su trámite? | El Juzgado de Garantías dicta la medida en la urgencia, luego se le da intervención a un Juzgado de Familia o un Juzgado de Paz y esos organismos continúan por ser los que tienen competencia por las leyes de violencia contra la mujer, género y familiar. |
¿Qué organismo investiga la denuncia por la posible comisión de delito? | La Fiscalía es la encargada de investigar. |
¿Si tengo pruebas que presentar, a que organismo se las llevo o envío? | A la Fiscalía, el Juzgado de Garantías no hace investigaciones penales ni instruye causas. Actúa sólo en la urgencia en el dictado de las medidas. |
Les deseamos que pasen estas fiestas en paz
El equipo del Juzgado de Garantías Nº 1 les desea que pasen las fiestas en paz.
Somos conscientes de lo difícil que es la situación para nuestra sociedad.
Somos parte de ella y representamos este rol en la administración de justicia, actuando con compromiso para brindar un mejor servicio de justicia. Esa es nuestra meta todos los días.
Les agradecemos el acompañamiento, los comentarios y las críticas constructivas que nos hacen, ya que sirven para realizar las mejoras necesarias.
Consideramos que brindamos un servicio y con la colaboración de las personas que tienen vínculo con el juzgado, cualquiera sea el rol que tengan, podemos avanzar en la mejora continua.
Muchas gracias y tengan un buen cierre de año y un mejor 2024.
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¡Juró nuestro nuevo auxiliar letrado del Juzgado, Dr. Patricio Oscar Fraschini!
El día jueves 14 de diciembre, el Dr. Fraschini juró como nuevo Auxiliar Letrado del Juzgado.
Patricio trabaja en el juzgado desde el año 2015, desempeñándose en diversos cargos de empleado como oficial.
En todos estos años su compromiso laboral, actitud positiva y aptitud lo posicionaron para asumir este cargo importante, un nuevo hito en su carrera dentro del Poder Judicial.
¡Felicitaciones Pato!
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16 DE NOVIEMBRE DE 2022 ASUETO EN TODAS LAS DEPENDENCIAS DEL PODER JUDICIAL
El feriado del 16 de noviembre quedó establecido por la Ley N° 26.674. La fecha remite al primer intento de sindicalización y agrupación de los trabajadores judiciales. Así rige desde el 2011 el asueto anual con la lógica suspensión de los términos procesales en todo el ámbito del Poder Judicial.
En todo el Poder Judicial, se celebra el día del Trabajador Judicial Argentino.
El 16 de noviembre recuerda el primer intento de sindicalización y agrupación de los trabajadores judiciales impulsado hace 63 años en la provincia de Catamarca. Aunque la jornada ya era un día de conmemoración, incluso antes de ser ley en abril de 2011.
En septiembre de 1952, distintos representantes de trabajadores de las provincias evaluaron crear una entidad que agrupara a sus asociaciones gremiales.
El 10 de noviembre de ese año se hizo, en Catamarca, una sesión preparatoria de un congreso de representantes. Además de esa provincia, participaron desde Córdoba, Buenos Aires, Santa Fe, Jujuy, Entre Ríos, San Juan, La Rioja, San Luis, Tucumán, Corrientes y Santiago del Estero. “Confederación de Empleados Judiciales Provinciales” fue el primer nombre que se pensó.
Finalmente, el 16 de noviembre se creó la Federación Judicial Argentina.
En 1955, con la llegada del golpe de Estado, se declaró la caducidad de ésta y otras asociaciones pertenecientes a la CGT y, a fines de 1958, renació la Confederación Judicial Argentina, en homenaje al congreso realizado en 1952.
El estatuto incluía, entre sus objetivos, lograr la asistencia médica, colonia de vacaciones, cooperativa de consumo, creación de barrios para judiciales y la redacción de un código ético de los funcionarios y empleados del Poder Judicial, entre otros.
Ya en época de democracia estable, en 2011, se diagramó un proyecto para declarar asueto el 16 de noviembre en todas las dependencias del país, desde La Quiaca a Ushuaia.
Les adjuntamos la Ley N° 26.674, que declaró el 16 de noviembre como el día del Trabajador Judicial Argentino.
Ley 26.674
Declárase el día 16 de noviembre de cada año como Día del Trabajador Judicial Argentino.
Sancionada: Abril 13 de 2011
Promulgada de Hecho: Mayo 11 de 2011
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Declárese el día 16 de noviembre de cada año como Día del Trabajador Judicial Argentino.
ARTICULO 2º La fecha mencionada en el artículo anterior será equiparada a los días feriados nacionales obligatorios a todos los efectos legales, para todos los trabajadores del Poder Judicial de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 3º Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE.
REGISTRADA BAJO EL Nº 26.674
JULIO C. C. COBOS. EDUARDO A. FELLNER. Enrique Hidalgo. Luis G. Borsani.
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