Fecha del Acuerdo: 6/7/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
_____________________________________________________________
Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de General Villegas
_____________________________________________________________
Autos: “R. L. L. C/ L. P. H. Y OTRA S/ ALIMENTOS”
Expte.: -93514-
_____________________________________________________________

TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación del 5/6/23 contra la regulación de honorarios del 31/5/23, concedido en la providencia del 13/6/23.
CONSIDERANDO.
La abog. Z. cuestiona por exigua la regulación de honorarios efectuada a su favor con fecha 31/5/23, exponiendo en ese acto los motivos de su agravio (art. 57 de la ley 14967).
El juzgado fijó una retribución de 7 jus en relación a la tarea llevada a cabo por la letrada, la que fue detallada (v. trámites 19/4/20 y 1/6/20) en la resolución recurrida de conformidad con los arts. 15.c. y 16 de la ley 14967.
Así teniendo en cuenta esa labor, aunque no obrando (s.e. u o.) constancia en autos de la tarea de fecha 11/2/20 consignada por la letrada y si bien, meritando que sólo actuó en un momento del juicio sumario (arts. 28.b. y 28 i. de la ley cit.), reparando en el criterio de proporcionalidad con relación los estipendios fijados a favor de los profesionales que llevaron adelante el proceso, parece más equitativo fijar sus honorarios en la suma de 10 jus (arts. 15, 16 incisos b. y d. de la ley 14.967, y.1255 del Código Civil y Comercial).
Por todo lo expuesto, la Cámara RESUELVE:
Estimar el recurso del 5/6/23 y, en consecuencia, fijar los honorarios de la abog. Z. en la suma de 10 jus.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967).Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 06/07/2023 12:12:53 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 06/07/2023 12:45:44 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 06/07/2023 12:55:51 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
‰8zèmH#6FyBŠ
249000774003223889
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 06/07/2023 12:56:15 hs. bajo el número RR-488-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 06/07/2023 12:56:28 hs. bajo el número RH-68-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

This entry was posted in Sin categoría. Bookmark the permalink.

Comments are closed.