Fecha del Acuerdo: 28/6/19

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado de Familia 1

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Libro: 48- / Registro: 51

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Autos: “P., M. N.C/ SUCESORES DE H. A. M., S/ ACCIONES DE RECLAMACION DE FILIACION”

Expte.: -91260-

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TRENQUE LAUQUEN, 28 de junio de 2019

            AUTOS Y VISTOS: la apelación electrónica con fecha 4/3/19  contra la sentencia de fs. 79/81 y el requerimiento de f. 92.

CONSIDERANDO.

El abogado B., ha apelado la sentencia del 26/12/2018 por causarle gravamen irreparable (ver escrito electrónico del 4/3/2019), pero él no es parte, ni ha indicado actuar como apoderado o tan siquiera como patrocinante o comoquiera que fuese tampoco por derecho propio.

Por lo tanto, habiendo guardado silencio frente al requerimiento expreso de f. 92, la  Cámara RESUELVE: Denegar la apelación indicada por falta de gravamen (arg. art. 242 cód. proc.).

Regístrese. Notifíquese. Hecho, devuélvase. La jueza Silvia E. Scelzo no firma por encontrarse en uso de licencia.

                                                

 

 

           

 

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