Fecha del Acuerdo: 7/3/2024

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
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Autos: “DUARTE, EUGENIA MACARENA C/ KLAPPENBACH, GERMAN S/QUEJA POR APELACION DENEGADA”
Expte.: -94444-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso de queja del día 28/2/2024 contra la resolución del 26/2/2024.
CONSIDERANDO:
Este tribunal ya tiene dicho que “…respecto de la contabilización de plazos: Art. 13 del Acuerdo 4013: “Momento en que se perfecciona la notificación. En los casos previstos en el artículo 10, la notificación se tendrá por cumplida el día martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere- a aquel en que la resolución judicial hubiere quedado disponible para su destinatario en el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas. …” (conf. sent. del 19/4/2023 en autos “Sánchez, Stella Maris c/ Barrena, Eugenio y otro s/ Usucapión expte.: -93738-” RR. 248).
En ese precedente también se dijo que “…El sistema genera dos fechas que deben ser diferenciadas: la de alta o disponibilidad y la de notificación… El alta o disponibilidad hace referencia al momento en que se firma y se libra la notificación electrónicamente de la resolución quedando disponible para las partes en sus domicilios electrónicos a través del sistema de Presentaciones y Notificaciones electrónicas… (art. 10, AC 4013, t.o. AC 4039)…La perfección o cumplimiento, es decir, lo que el sistema llama “fecha de notificación” que se produce el martes o viernes inmediato posterior -o el siguiente día hábil si alguno de ellos no lo fuere- a esa fecha (art. 13 AC 4013, t.o según Ac 4039)…”.
En el caso, la providencia de fecha 8/2/2024 que concede la apelación de la actora del día 6/2/2024 quedó disponible ese mismo día, y su notificación se perfeccionó, conforme lo reseñado precedentemente, el día viernes 9/2/2024, arrancando el plazo para presentar el memorial -computando como feriados los días 12 y 13 de febrero de 2024-, el día miércoles 14/2/2024.
Y venció en consecuencia el plazo de cinco días el 20/2/2024 o, en el mejor de los casos, el 21/2/2024 dentro del plazo de gracia judicial (art. 124 cód. proc.).
En ese orden, el memorial presentado el día 25/2/2024 resulta extemporáneo y la apelación del actor debe ser declarada desierta (art. 246 últ. párrafo última parte).
Para aclarar al respecto de las notificaciones electrónicas ¿por que no le asiste razón al quejoso?
Las providencias, resoluciones o sentencias quedan disponibles para los destinatarios una vez “lanzada” la notificación hacia el domicilio electrónico de los destinatarios; si ese “lanzamiento” (que implica que queda disponible) es realizado los días viernes o lunes, la notificación queda perfeccionada el martes inmediato posterior; y si es “lanzada” los días martes, miércoles o jueves, queda notificada el viernes inmediato posterior. Salvo que alguno de ellos fuera inhábil, en ese caso pasa al siguiente día que lo es (conforme art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039 de la SCBA).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Desestimar el recurso de queja de fecha 28/2/2024 contra la resolución del día 26/2/2024.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, archívese. Radíquese electrónicamente la causa principal.
Por hallarse vacantes la vocalía de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, y a su vez la vicepresidencia y vocalía de este tribunal, se emite resolución con el acuerdo alcanzado entre el presidente en ejercicio de esta cámara y uno de los integrantes de aquel órgano, por razones de economía procesal y a fin de no sobrecargar la tarea propia de ambas cámaras (arg. art. 34.5.e cód. proc. y arg. art. 39 ley 5827).
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 07/03/2024 12:43:49 – GINI Jorge Juan Manuel – JUEZ
Funcionario Firmante: 07/03/2024 12:55:21 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 07/03/2024 12:58:58 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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237700774003440565
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 07/03/2024 12:59:08 hs. bajo el número RR-126-2024 por TL\mariadelvalleccivil.

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