Fecha del Acuerdo: 23/6/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Daireaux
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Autos: “B., N. V. C/ C., G. A. S/ INCIDENTE DE AUMENTO DE CUOTA ALIMENTARIA”
Expte.: -93513-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el informe de Secretaría del 14/6/23.
CONSIDERANDO.
De acuerdo al informe de Secretaría cabe retribuir la tarea de la abog. M., como Defensora ad hoc de G. C. (parte demandada), en función del art. 31 de la normativa arancelaria y el principio de proporcionalidad (v. esta cám. sent. del 9/12/20, 91679 “S., V. s/ Protección contra la violencia familiar”, L. 51 Reg. 651, entre otros), aplicando una alícuota del 25% sobre los honorarios determinados por la labor en primera instancia en 5 jus con fecha 12/5/23 (arts. 15.c. y 16 de la ley 14967; ACs. 2341 y 3912 de la SCBA).
De ello resultan 1,25 jus para la letrada M. (v. trámite del 27/10/22; hon. de prim. inst. -5 jus- x 25%; arts y normales legales citadas).
Por todo ello, la Cámara RESUELVE:
Regular honorarios a favor de la abog. M. en la suma de 1,25 jus.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Daireaux.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 23/06/2023 11:28:15 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 23/06/2023 11:52:58 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 23/06/2023 12:05:10 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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246300774003216588
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 23/06/2023 12:05:19 hs. bajo el número RR-438-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 23/06/2023 12:05:28 hs. bajo el número RH-59-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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