Fecha del acuerdo. 27/12/2022

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Familia Departamental

Autos: “FERNANDEZ ROGEL MANUELA EDITH C/ FEBRER MIGUEL ANGEL S/ LIQUIDACION DE REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO”
Expte.: -90903-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo la jueza y el juez subrogante de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Silvia E. Scelzo y Rafael H. Paita, para dictar sentencia en los autos “FERNANDEZ ROGEL MANUELA EDITH C/ FEBRER MIGUEL ANGEL S/ LIQUIDACION DE REGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO” (expte. nro. -90903-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 27/12/2022, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es procedente la excusación del juez Lettieri del 5/12/2022?
SEGUNDA: ¿es procedente la excusación del juez Gini del 22/12/2022?
TERCERA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
El juez Lettieri se excusó en el proveído del 5/12/2022 por verse imposibilitado de resolver las cuestiones que se elevan en esta oportunidad para ser resueltas por la cámara, por considerar que emitió opinión con anterioridad; al menos, al tratar la excepción de prescripción (v. segundo voto en res. del 18/10/2018) indicando que, más allá de la interpretación de la misma, es el tema que ahora se encuentra en discusión (art. 17.7 cód. proc.).
También deja planteada excusación por motivos graves de decoro y delicadeza según el art. 30 del código citado, por hallarse comprometida su actuación.
Así las cosas, aún cuando pudiera considerarse que estrictamente no se configura la causal del art. 17.7 del cód. proc., cuanto menos encuadra en la situación juzgada por la Suprema Corte de Justicia provincial en la causa “Salvo de Verna, Sara y otra c/ Ganadera Don Aurelio S.A. s/ Ejecución” (Ac. 101622, 21/12/2011), pues, de alguna manera debería remitirse o interpretar decisiones suyas anteriores a fin de resolver la apelación que se halla pendiente en esta causa. De tal suerte, soy de opinión que corresponde admitir la excusación del juez Carlos A. Lettieri del 5/12/2022 (cfrme. esta cám. en “Municipalidad de Trenque Lauquen c/ Rivera, Gumersindo s/ prescripcion adquisitiva bicenal del dominio de inmuebles” Expte.: 92560; art. 30 cód. proc.).
ASI LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ PAITA DIJO:
Adhiere al voto de la jueza Scelzo (art. 266 cód. proc.)
A LA SEGUNDA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
El juez Gini se excusó en el proveído del 22/12/2022 por tener amistad con la actora Manuela E. Fernández Rogel, que se manifiesta con una pública frecuencia de trato, de acuerdo al art. 17.9 del código procesal. También deja planteada excusación por la causa del art. 30 del código citado.
Hallándose prevista expresamente la causal invocada en el código procesal (art. 17.9 citado), además de resultar notorio que se vería comprometida su actuación en esta causa por los motivos invocados antes, configurándose los motivos graves de decoro y delicadeza del art. 30 del código citado, corresponde admitir también su excusación.
ASI LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ PAITA DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
A LA TERCERA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Corresponde:
1. Admitir la excusación del juez Carlos A. Lettieri del 5/12/2022.
2. Admitir la excusación del juez J. Juan Manuel Gini del 22/12/2022.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ PAITA DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
1. Admitir la excusación del juez Carlos A. Lettieri del 5/12/2022.
2. Admitir la excusación del juez J. Juan Manuel Gini del 22/12/2022.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039, también a los magistrados excusados, automatizadamente y sin oficio (art. 15 AC citado). Hecho, sigan los autos según su estado (art. 36.1 cód. proc.)
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 27/12/2022 10:21:01 – PAITA Rafael Hector – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/12/2022 10:50:55 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/12/2022 11:30:47 – RIPA María Fernanda – SECRETARIA
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 27/12/2022 11:30:55 hs. bajo el número RR-983-2022 por RIPA MARIA FERNANDA.

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