Fecha del Acuerdo: 17/11/2021

 

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen                                                                                                             

Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Pehuajó

                                                                                  

Autos: “SCHAP, WALTER JOSE VALENTIN C/ FERRANDEZ, NORBERTO DANIEL S/COBRO EJECUTIVO”

Expte.: -92698-

                                                                                               En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia  de  Buenos Aires,  en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo los jueces  de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial  Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri,   para  dictar  sentencia  en  los autos “SCHAP, WALTER JOSE VALENTIN C/ FERRANDEZ, NORBERTO DANIEL S/COBRO EJECUTIVO” (expte. nro. -92698-), de acuerdo al orden  de  voto  que surge  del  sorteo  de fecha 11/11/2021, planteándose las siguientes cuestiones:

PRIMERA:  ¿es fundada la aclaratoria del 15/11/2021 contra la sentencia del 12/11/2021?

SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.

A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:

Con cita de los artículos 77 párrafo 2° y 556 CPCC, las costas fueron impuestas al apelante infructuoso, que no fue el ejecutante como se especificó a través de error material manifiesto, sino el ejecutado.

Por lo tanto, no se altera en absoluto lo sustancial de la decisión (costas al apelante) si se corrige ese mero error material: debe entenderse que allí donde se escribió “ejecutante” debió y debe consignarse “ejecutado” (art. 166.2 cód. proc.).

ASÍ LO VOTO

A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:

Adhiero al voto del juez Sosa (art. 266 del Cód. Proc.). Así voto.

A LA  SEGUNDA  CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:

Corresponde estimar la aclaratoria del 15/11/2021 contra la sentencia del 12/11/2021, debiéndose entender que las costas fueron impuestas al ejecutado en tanto apelante infructuoso.

            TAL MI VOTO.

A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:

Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.

CON  LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:

         S E N T E N C I A

Por  lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:

Estimar la aclaratoria del 15/11/2021 contra la sentencia del 12/11/2021, debiéndose entender que las costas fueron impuestas al ejecutado en tanto apelante infructuoso.

Regístrese. Incorpórese como trámite adjunto a la presente la sentencia que se aclara.  Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Pehuajó. La jueza Silvia E. Scelzo no participa por hallarse excusada.

 

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 17/11/2021 11:55:26 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ

Funcionario Firmante: 17/11/2021 11:58:04 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 17/11/2021 12:44:43 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA

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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 17/11/2021 12:45:05 hs. bajo el número RR-249-2021 por RIPA MARIA FERNANDA.

 

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