Fecha del Acuerdo: 17-12-19

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n° 1

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Libro: 48- / Registro: 114

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Autos: “BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES  C/ LARA PEREZ MARCOS DANIEL S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)”

Expte.: -91532-

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TRENQUE LAUQUEN, 17 de diciembre de 2019

            AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación de fecha 10-10-2019 y la providencia de fecha 19-11-2019.

            CONSIDERANDO: El recurso de fecha 10-10-2019 fue concedido libremente  (art. 254 cód. proc.), por manera que el demandado Marcos Daniel Lara Pérez, tratándose de juicio sumario (ver. f. 47), debió presentar la respectiva expresión de agravios, dentro de los cinco días de notificada la providencia de fecha 19-11-2019; habiendo vencido ese plazo el 06-12-2019, o en el mejor de los casos el 09-12-2019, dentro del plazo de gracia judicial sin que se haya cumplido con esa carga (arts. 124 últ. párr. y 246  cód. cit.), aquél debe ser declarado desierto.

Por ello, la CámaraRESUELVE:

Declarar desierta la apelación del demandado Marcos Daniel Lara Pérez de fecha  10-10-2019  (art. 254 segundo párrafo cód. proc.).

Regístrese. Notifíquese personalmente o por cédula (art. 135.12 y 143 cód. cit.). Hecho, devuélvase.

 

 

 

                                                

 

 

           

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