Contrato de locación. Interpretación. Entrega del inmueble. Mejoras que afectan la estructura, funcionalidad y estética del inmueble. Indemnización.

1) Frente a la específica previsión de los rubros que presentan posiciones contrapuestas, corresponde analizar lo convenido conforme el principio de buena fe, y de acuerdo a lo que las partes verosímilmente entendieron o pudieron entender obrando con cuidado y previsión (arts. 1197, 1198 del Cód. Civ.). 2) No se trata de desentrañar cuáles son las  modificaciones que deben ser restituidas a su estado anterior, porque esto no se pactó, sino identificar aquéllas cuyo retiro decidió el locatario en ejercicio de su derecho y que produjeron daños en la estructura, funcionalidad o estética del inmueble alquilado (arts. 1524, 1537,  y cdtes. del Cód. Civ.).

 

CAPITANIO

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