ACEPTACION CARGO PERITOS PROGRAMA JUSTICIA 2020.- PROCESOS EN ORALIDAD.-


Se hace saber a los peritos designados para realizar dictamen pericial en expedientes que hayan sido incluidos en el programa piloto de “ORALIDAD DE LA PRUEBA – JUSTICIA 2020”, que deberán aceptar el cargo de manera personal ante el Actuario, y no mediante escrito electrónico.-

La presencia personal en el acto de aceptación del cargo, en principio será la única oportunidad en que se hará presente de manera personal el perito, siendo que a partir de ese acto procesal todas las presentaciones, vistas y traslados, y resoluciones se harán de manera electrónica.-

En el acta de aceptación el perito deberá constituir domicilio procesal físico y domicilio procesal electrónico, se dejará constancia que tomó vista de las actuaciones y las copias que retira, se resolverá anticipo de gastos de pericia en caso que los solicite, en caso de requerir la revisación y/o entrevista de la parte deberá indicar lugar, día y horario en que lo realizará, así como el órgano judicial le impondrá un plazo máximo para presentar el dictamen pericial.-

En caso de tratarse de una pericia médica y/o psicológica y/o psiquiátrica, o cualquier otra que requiera de entrevista de la parte, deberá indicar el día, horario y lugar en que lo realizará.-

En caso de tratarse de una pericia caligráfica deberá indicar fecha y hora para la celebración de audiencia de toma de plana manuscrita.-

GIRO O TRANSFERENCIA ANTICIPO DE GASTOS.- En caso que se hubiere depositado judicialmente el monto del anticipo de gastos de pericia, el perito podrá solicitar giro bancario o transferencia bancaria mediante la presentación de escrito electrónico.-

Para el giro deberá denunciar el monto de la libranza requerida, su Clave Unica de Indentificación Tributaria (CUIT) y su condición frente al impuesto IVA.-

Para la transferencia, además de los requisitos establecidos para el giro, deberá también indicar tipo y cuenta de destino, número de CBU y denominación de la entidad bancaria.-

En caso que hubiere percibido el anticipo de gastos de la parte de manera extra judicial, deberá denunciar tal circunstancias mediante escrito electrónico a las actuaciones.-


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