Pago directo de Capital

A fin de que la obligada pueda realizar el pago en concepto de capital de forma directa a la cuenta sueldo del trabajador (exclusivo titular), se debe adjuntar constancia de CBU del acreedor judicial e informar sus datos en el expediente:

  • Nombre y apellido completo
  • CBU
  • CUIT
  • DNI
  • Número y tipo de cuenta
  • Banco
  • Sucursal
  • Localidad
  • Correo electrónico

Si el trabajador no contara con cuenta sueldo, podrá denunciar cualquier otra cuenta bancaria de la que sea único y exclusivo titular, no admitiéndose cuentas que contaren con otros titulares o, en su defecto, abrir a su exclusiva titularidad una cuenta gratuita en el Banco de la Provincia de Buenos Aires (Cuenta DNI).

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