EJECUCION PRENDARIA.- RELACION DE CONSUMO.- GRATUIDAD CONSUMIDOR.-

La Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata, Sala 3era., en la causa “Plan Rombo SA de Ahorro para Fines Determinados c/ C., C.A. s/ Ejecución Prendaria” causa nro. 141.684, con fecha 11712/25 confirmo la sentencia de grado en cuanto establece el beneficio de gratuidad del ejecutado, en los términos del art. 53 de la Ley Nacional 24.240 y modif.-

Respecto al alcance del beneficio de gratuidad ha dicho esta Sala que los artículos 53 de la Ley 24.240 como el 25 de la Ley Provincial 13.133 consiste, si se quiere, en un privilegio de mayor entidad al regulado en el art. 78 del CPCC en tanto no merece ninguna producción de prueba para su otorgamiento. Basta con el rol de consumidor, se concede de manera automática, abarca todo el proceso y no sólo el acceso a él (ésta Sala causas 124.240, RSI 306/18, 127034 reg. int. 74/20).-

NOTA: el fallo in extenso puede ser buscado en la página web del poder judicial (www.scba.gov.ar) y luego el link correspondiente a la Cámara de Apelaciones y Sala.-

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