AMPARO.- ILEGALIDAD O ARBITRARIEDAD MANIFIESTA.- ACCION SUBSIDIARIA.-

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nro. 2 de La Plata, en causa “P., S. L. c/ Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires s/ Amparo” Expediente nro. 102.264, rechazó la acción de amparo por entender que no se encontraban cumplidos los extremos de ilegalidad o arbitrariedad manifiesta, al mismo tiempo que reitera el carácter “subsidiario” de la acción constitucional.-

En el caso se pretendía que la Caja Previsional liquide el retroactivo de su derecho de pensión por “unión convivencial”, indicándose que el amparo como acción constitucional se consagra en un remedio excepcional, subsidiario, y que requiere de un acto, hecho u omisión que resulte de una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta.- Y esto de ilegalidad (objetivamente contrario a la ley) o arbitrariedad (aplicación caprichosa, antojadiza, absurda) manifiesta del derecho aplicable no se observa en el caso.-

La constitución provincial en el art. 20 inc. 2) reafirma el carácter “excepcional y subsidiario” del amparo, ya que de existir otros procesos para el mismo fin o un proceso que requiera de mayor discusión probatoria, se desplaza la procedencia del amparo como remedio excepcional y expedito.-

El fallo in extenso podrá ser consultado en el sitio web del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires (www.scba.gov.ar) y luego en el link correspondiente a sentencias de primera instancia.-

This entry was posted in Carpeta General. Bookmark the permalink.

Agregue un comentario

Su dirección de correo no se hará público. Los campos requeridos están marcados *

*

Usted puede utilizar las etiquetas HTML y atributos: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>