Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n° 2
Libro: 48- / Registro: 267
Autos: “GARRIGA, MAXIMILIANO C/ ORIANI, LEANDRO ARTURO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.POR DEL.Y CUASID.SIN USO AUTOM.(SIN RESP.EST.)”
Expte.: -88916-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los treinta días del mes de agosto de dos mil diecisiete, celebran Acuerdo ordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Carlos A. Lettieri, Silvia E. Scelzo y Toribio E. Sosa, para dictar sentencia en los autos “GARRIGA, MAXIMILIANO C/ ORIANI, LEANDRO ARTURO Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.POR DEL.Y CUASID.SIN USO AUTOM.(SIN RESP.EST.)” (expte. nro. -88916-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 590, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es fundada la apelación por bajos de fs. 571/vta. contra los honorarios de f. 570? ¿qué honorarios deben ser regulados?
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Coincido con el abogado de la parte actora en el sentido que el resultado, la cantidad, la calidad, la complejidad, la trascendencia y la responsabilidad profesional involucradas en su labor ameritan una retribución mayor que la asignada a f. 570, encontrando equitativa en las circunstancias del caso una alícuota del 21%, un sexto mayor que la aplicada en 1ª instancia (art. 16 d.ley 8904/77; arts. 730 y 1255 CCyC). O sea $ 77.320.
Y por su tarea en cámara $ 27.062 (hon. 1ª inst. x 35%, art. 31 d.ley 8904/77).
ASÍ LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde:
a- estimar la apelación por bajos de fs. 571/vta. y regular en $ 77.320 los honorarios devengados en 1ª instancia por el abogado Ariel González Cobo;
b- fijar en $ 27.061 los honorarios de 2ª instancia correspondientes al nombrado abogado.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
a- estimar la apelación por bajos de fs. 571/vta. y regular en $ 77.320 los honorarios devengados en 1ª instancia por el abogado Ariel González Cobo;
b- fijar en $ 27.061 los honorarios de 2ª instancia correspondientes al nombrado abogado.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 d-ley 8904/77). Hecho, devuélvase.