Fecha del Acuerdo: 27/2/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 1
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Autos: “CHAKRAS SIEMBRA S.R.L. Y OTRO/A C/ CLEMMENSEN SANTIAGO Y OTRO/A S/SIMULACION”
Expte.: -91159-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: los recursos de fechas 7/7/2022 y 8/7/2022, el proveído del 1/2/2023 y la presentación del 22/2/2023 de la abogada Quintana.
CONSIDERANDO.
Según constancias del sistema Augusta, la providencia de fecha 1/2/2023 que llama a expresar agravios se notificó automatizadamente en el domicilio electrónico constituido por los letrados de los recurrentes, quedando perfeccionada la misma el día viernes siguiente, es decir, el 3/2/2023 (arts. 10 y 13 AC 4013, t.o. AC 4039 SCBA).
De ese modo, el plazo para expresar agravios comenzó a correr para los apelantes el día lunes 6/2/2023, y por tratarse de proceso ordinario (conf. prov. del 28/4/2015), el mismo venció el día 17/2/2023, o, en el mejor de los casos, el 22/2/2023 dentro del plazo de gracia judicial, aún computando el feriado nacional de los días 20 y 21 de febrero de 2023 por carnaval.
Como hasta la fecha la parte actora no ha cumplido con esa carga, el recurso de fecha 7/7/2022 debe ser declarado desierto (arts. 124 últ. párr. y 254 cód. proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
1- Declarar desierto el recurso de apelación de fecha 7/7/2022 contra la resolución del 30/6/2022.
2- Tener por expresados los agravios del demandado Santiago Clemmensen, a través de su abogado apoderado, con el escrito de fecha 22/2/2023.
3- Correr traslado por diez días de los agravios indicados en 2. (art. 256 cód. proc.).
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos según su estado.

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 27/02/2023 12:37:08 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/02/2023 12:40:38 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/02/2023 12:53:52 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 27/02/2023 12:54:17 hs. bajo el número RR-76-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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