Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Carlos Casares
Libro: 51- / Registro: 525
Libro: 35- / Registro: 85
Autos: “BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ GOVERNATORI MARCELO ALEJANDRO Y OTRA S/ COBRO EJECUTIVO”
Expte.: 91420
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Carlos A. Lettieri, Silvia E. Scelzo y Toribio E. Sosa para dictar sentencia en los autos “BANCO HIPOTECARIO S.A. C/ GOVERNATORI MARCELO ALEJANDRO Y OTRA S/ COBRO EJECUTIVO” (expte. nro. 91420), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 8/10/2020, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA:
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
La sentencia de fecha 25-9-2019 hizo lugar a la apelación subsidiaria del 10-7-2019 y a la del 1-7-2019 (mantenida mediante escrito del 10-7-20119) ambas articuladas por la parte ejecutante, impuso las costas a la parte ejecutada y difirió la regulación de los honorarios (arts. 68 cpcc, 26 segunda parte y 31 de la ley 14.967).
En ese marco, teniendo en cuenta los honorarios regulados en la instancia inicial con fecha 13-8-2020 y en función de lo dispuesto por el art. 31 de la ley arancelaria vigente, cabe aplicar una alícuota del 29 % para el abog. G., C., (letrado por la parte actora; arts.14, 15, 16, 26 segunda parte y concs. ley cit).
Así, resultan 2,03 jus para G., C., (hon. prim. inst. -7 jus- x 29%; comprensivo de sus escritos de fecha 10-7-2019; arts. y ley ya citados).
ASÍ LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Adhiero al voto del juez Lettieri (art. 266 cód. proc.).
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Corresponde regular honorarios al abog. F. G., C., en 2,03 jus.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Regular honorarios al abog. F. G., C., en 2,03 jus.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Carlos Casares.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 20/10/2020 12:25:55 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ
Funcionario Firmante: 20/10/2020 12:27:16 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 20/10/2020 12:47:38 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 20/10/2020 12:54:56 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
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