Fecha del Acuerdo: 30/09/2020

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado de Familia 1

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Libro: 51 - / Registro: 463

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Autos: “C., L. A. S/ ALIMENTOS”

Expte.: -91990-

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Bco.Pcia.Bs.As.:

BCOPROVINCIA6704-TRENQUELAUQUEN@BAPRO.NOTIFICACIONES

Abog. Rudoni:

27174417305@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975

            AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: el informe que precede del juez de voto y en función de los arts. 706 proemio y 709 del CCyC y 36.2 del  cód. proc, la Cámara,  RESUELVE:

1. Oficiar al Banco de la Pcia. de Bs. As. para que informe:

1.1. si efectivamente “las actuales reglamentaciones” permiten las siguientes operatorias:

1.1.1.: disponer la apertura de una cuenta judicial de alimentos en el Banco de la Pcia de Bs As a la orden de estos actuados y a nombre de G. C., G.,;

1.1.2.: autorizar al solicitante a depositar allí mensualmente la suma de Pesos equivalentes a  EU150;

1.1.3.: si esa entidad bancaria puede transferir los montos depositados en dicha cuenta a la cuenta 123 SMART ES6902388199470600210320 del Banco Santader Rio Suc. Milladorio -Ames, España;

1.1.4.: en su caso, si los montos depositados puede ser transferidos en pesos argentinos o, además, si pueden ser transferidos en su equivalente en euros.

1.1.5.: incluya en el informe la individualización precisa de las reglamentaciones pertinentes (art. 375 cód. proc.).

2- Hacer saber a la entidad oficiada que deberá responder en los términos del art. 396 del cód. proc..

3- Interín, suspéndese el plazo para resolver.

Regístrese. Notifíquese electrónicamente a la parte interesada y ofíciese al organismo requerido por secretaría mediante el depósito de una copia digital de esta resolución en el domicilio electrónico constituido por la letrada interviniente y del organismo oficiado, insertos en la parte superior (arts. 169 3° párr. y 135.4 y 143 CPCC, 7 Anexo Único AC 3845 y 6 Anexo Único RC 655/20). Hecho, sigan los autos su trámite.

                                     

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 30/09/2020 12:32:44 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ

Funcionario Firmante: 30/09/2020 12:49:19 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 30/09/2020 13:00:50 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ

Funcionario Firmante: 30/09/2020 13:01:38 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA

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254700774002539769

 

CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

 

 

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