Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Daireaux
Libro: 51- / Registro: 450
Libro: 35 / Registro: 74
Autos: “F., D. E. C/ D., P., C. M. S/COMUNICACION CON LOS HIJOS”
Expte.: -91965-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Silvia E. Scelzo y Toribio E. Sosa para dictar sentencia en los autos “F., D. E. C/ D., P., C. M. S/COMUNICACION CON LOS HIJOS” (expte. nro. -91965-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 14/9/2020, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es fundada la apelación del 27/8/2020 contra la regulación de honorarios del 21/8/2020?
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Las circunstancias del caso se asemejan a las de “ARIAS, CAMILA GERALDINE C/ POVEDA, ALFONSO S/ ALIMENTOS” (91898 25/8/2020 lib. 51 reg. 362 anotado en el Libro 51 Registro 362): el asesor de menores ad hoc aceptó el cargo y dictaminó en dos oportunidades, sin que se advierta una profunda y compleja labor previa el contenido de las presentaciones, lo que habilita elevar equitativamente la retribución otorgada a 4 jus (arts. 3 y 1255 CCyC; art. 16 ley 14967; art. 34.4. cód. proc.; art. 91 de la ley 5827; AC 2341 y 3912).
ASÍ LO VOTO (el 16/9/2020)
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Por iguales fundamentos adhiero al voto que antecede (art. 266 cpcc).
ASI VOTO.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde estimar la apelación del 27/8/2020 contra la regulación de honorarios del 21/8/202, e incrementar a 4 Jus los honorarios del apelante M., P.,.
ASÍ LO VOTO (el 16/9/2020
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Estimar la apelación del 27/8/2020 contra la regulación de honorarios del 21/8/202, e incrementar a 4 Jus los honorarios del apelante M., P.,.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Daireaux. El juez Lettieri no participa por estar en uso de licencia.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 24/09/2020 09:41:43 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ
Funcionario Firmante: 24/09/2020 09:51:31 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 24/09/2020 10:10:24 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA
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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
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