La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, en autos caratulados “TASSANO TEODORA INES Y OTRO/A C/ CHAPPETTA ALICIA INES Y OTROS S/ DIVISION DE CONDOMINIO“ (causa: 131132) resolvió que, a los fines regulatorios, la base ha de ser la valuación fiscal de los inmuebles y no la “estimación” que formularon las partes a esos fines. Además señaló que la obligación ética del letrado de apelar “por altos” los honorarios es extensiva a la base regulatoria dado que ésta incide en la cuantía de los mismos.
Fallo completo: 131.132