Cesión de derechos y acciones hereditarios: bienes gananciales

Con fecha 14/12/2023 la Sala 2da. de esta Cámara 2da., en la causa 136202, “GROSSI PEDRO VIRGINIO S/ SUCESION AB-INTESTATO“, revocó la decisión de primera instancia e hizo lugar a la cesión de derechos y acciones hereditarios en el marco del sucesorio, aún tratándose de bienes gananciales de la cónyuge supérstite. Para ello, sostuvo que en razón del art 2308 del C.C.y C.  tal acto se encuentra permitido salvo supuestos de régimen patrimonial del matrimonio con separación de bienes.

Fallo Completo: 136202

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