DESALOJO.- INMUEBLE OCUPADO POR CONVIVIENTES.- ADQUISICIÓN POR UNO CON APORTES DE DINERO DE AMBOS.- MEJORAS Y ACTOS CONSERVATORIOS DE UNO Y OTRO.- ORDEN DE PROHIBICION DE VENTA DISPUESTA POR JUEZ DE FAMILIA.- NO ACREDITACION DE OBLIGACION DE RESTITUIR.-


La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires con fecha 26/8/226 Causa C 125.742 “N., C.R. c/ T., N.C. s/ Desalojo (Excepto por falta pago”; revoca sentencia de Cámara y dispone el rechazo de la acción de desalojo.- En lo principal sostuvo “… cuadra recordar que corresponde desestimar la acción de desalojo si el demandado acredita, prima facie, el carácter de poseedor que invoca, lo que impide que pueda considerárselo como deudor de una obligación exigible de restituir, tal como lo requiere el art. 676 del Código Procesal Civil y Comercial (conf. Doct. Causas 97.416 “Rodríguez” sent. Del 13-11-2008; C 107.959 “Echenique de Pirotta sent. Del 5-10-2001; C 119.770 “Ferreyra” sent. Del 23-5-2017; y C 118.906 “Viviendas 18 de Julio II Etapa” sent. Del 19-9-2018)…”.-

“… Cane asignar que las decisiones adoptadas en el fuero de familia, el cuál se ha dispuesto la prohibición de enajenar el bien en cuestión, un sentido corroborante sobre la existencia de elementos que tornan controvertida la relación posesoria invocada por la accionada con base en aquellos extremos.- …Del contrapunto entablado en éstas actuaciones emerge una concreta disputa -no zanjada por el plexo probatorio- en torno al dominio y posesión del inmueble, al igual que un debate tampoco esclarecido en su totalidad respecto del carácter y cuantía del dinero efectivamente destinado por cada miembro en la respectiva adquisición, refacción y mantenimiento.- En tal amplitud, es evidente entonces que el conflicto que sustancialmente late entre los contendientes desborda el estrecho margen de conocimiento propio del juicio especial de desalojo…”.-

NOTA: el fallo in extenso puede ser ubicado en la página web del poder judicial de la provincia de buenos aires (www.scba.gov.ar) y luego en el link de sentencias de la Suprema Corte y Secretaría Civil y Comercial y Familia.-