GIROS y TRANSFERENCIAS

Se recuerda a los Sres. letrados que, conforme Comunicación “A” 5147 del Banco Central y Res. Nº 1116/10 de la SCBA, toda libranza que supere la suma de $30.000,00, deberá realizarse mediante transferencia bancaria, a cuyo fin debe denunciarse tipo, número de cuenta, titularidad de la misma, número de CBU, entidad y sucursal bancaria.-

This entry was posted in Sin categoría. Bookmark the permalink.

Comments are closed.