COMUNICACIONES ELECTRONICAS AL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE

Se hace saber a los interesados que con fecha 20 de Marzo de 2019 la SCBA ha resuelto prorrogar, hasta el día 3 de junio del corriente año, el plazo de implementación previsto en el art. 3° de la Res S.C. N°2809/18, consistente en la operatoria para las comunicaciones electrónicas de las trabas de medidas cautelares en general, inhibiciones y embargos de inmuebles en particular, sus modificaciones, reinscripciones o levantamientos, a librarse por los órganos jurisdiccionales, respecto de la totalidad de los departamentos judiciales y partidos de la Provincia de Buenos Aires. Cabe recordar que dicha práctica ha comenzado a regir a partir del 11 de marzo del corriente únicamente en relación a los órganos jurisdiccionales del departamento judicial de La Plata e inmuebles ubicados en los partidos de Berisso, Brandsen, Ensenada, General Paz, La Plata, Cnel. Dorrego, Esteban Echeverria, Ezeiza, Gral. Madariaga, Lobería, Merlo, Monte Hermoso, Necochea, Pinamar, San Cayetano, Trenque Lauquen y Villa Gesell.

This entry was posted in Sin categoría. Bookmark the permalink.

Comments are closed.