DAÑOS Y PERJUICIOS.- APLICACIÓN DOCTRINA LEGAL “BARRIOS”.- TASA ACTIVA BANCO PROVINCIA.-

La Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Plata, Sala 2da., en causa “Buscalia Jorge Oscar c/ Rambeaud Andres Marcos s/ Daños y Perjuicios” Causa 136.522, con fecha 3/5/24, dispuso en materia de daños y perjuicios y en un análisis aplicable al “caso concreto”, que por aplicación del precedente de la SCBA dictado en causa “Barrios”, siendo cuantificados los daños a valores actuales de sentencia, debía aplicarse la tasa de interés pura del 6 % anual desde la fecha del accidente y hasta la sentencia, más luego la tasa de interés activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires.-

En sus fundamentos sostuvo “… A tenor de la nueva doctrina legal de nuestro Superior Tribunal provincial en el reciente caso C 124.096 “Barrios” – Sent. 17/4/24-, con observancia del principio de congruencia, corresponde en el presente caso por el alcance del recurso, sea fijada desde la fecha de la sentencia atacada hasta la de su efectivo pago a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento conforme fuera expresamente reclamado. Ello así en la medida que la tasa efectiva ahora fijada sea mayor, al momento de cancelarse el crédito reconocido judicialmente, a la impuesta en la primera instancia para la etapa antes indicada…”.-

 

NOTA: El fallo in extenso lo puede buscar en la Mesa de Entradas Virtual del Poder Judicial (www.scba.gov.ar) y luego en el link correspondiente a la Cámara de Apelaciones y datos de la causa.-

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