Recientemente la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires in re “CABRERA” C 119.176 sentó doctrina judicial en un proceso de daños y perjuicios, interpretando que los intereses que corresponde aplicar en sentencia y según las prescripciones del art. 768 inc. c) (ex art. 622 Código Vélez Sarfield) se corresponde con la Tasa Pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones a 30 días.-
Se anexa texto íntegro fallo.-