29-05-12

 

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

Juzgado de origen:      Civil y Comercial 1

Libro: 43  / Registro: 160

Autos: “MENDEZ, SILVIA AZUCENA C/ BUSTILLO, VICTORIANO S/ ESCRITURACION ”

Expte.: -87857-

 

TRENQUE LAUQUEN, 29 de mayo de 2012.

AUTOS Y VISTOS: el recurso de apelación de f. 146 contra la resolución de f. 141.

CONSIDERANDO: Por la pretensión principal se regularon honorarios a f. 141 y por la citación de terceros a f. 160.

La única apelación contra la regulación de honorarios por la citación de terceros, obrante a f. 173, fue declarada inadmisible a f. 185.

Queda entonces resolver sobre las apelaciones de f. 146 contra la resolución de f. 141, interpuestas por la parte actora “por altos” y por su abogado “por bajos”.

Para empezar, es inadmisible la apelación de f. 146 “por altos” contra los honorarios fijados al abogado Ferreiro, toda vez que éste se desempeñó por la parte demandada y las costas por la pretensión principal no fueron impuestas la parte demandante, de manera que ésta carece en absoluto de gravamen en este segmento  (f. 112 vta.; arg. art. 58 d-ley 8904/77 y 242 cód. proc.).

            Restan, entonces,  las apelaciones de la actora y de su abogado, contra los honorarios de éste. En este tramo, pese a que el juzgado ha indicado la matemática empleada (pase propuesta por los apelantes a f. 121, multiplicada por 18%) y los fundamentos jurídicos de su regulación de honorarios,  no señalan los apelantes -ni se advierten manifiestamente- los motivos por los cuales  éstos pudieran ser considerados bajos o altos, lo cual conduce a la desestimación de las  apelaciones sub exámine de f. 146,  las que, escuetamente “por bajos” y “por altos”, se exhiben como meramente mecánicas (art. 34.4 cód. proc.).

            Por ello, la Cámara RESUELVE:

            Rechazar las apelaciones de f. 146 contra la regulación de honorarios de f. 146.

            Regístrese. Notifíquese. Hecho, devuélvase. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 d-ley 8904/77).

 

                                              Silvia E. Scelzo

                                               Jueza

            Toribio E. Sosa

                   Juez

 

                                Carlos A. Lettieri

                                         Juez

                 María Fernanda Ripa

                        Secretaría

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