Fecha del Acuerdo: 22/2/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Adolfo Alsina
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Autos: “MUNICIPALIDAD DE ADOLFO ALSINA C/ LANUSSE, ALBERTO GABINO S/APREMIO”
Expte.: -93614-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la apelación del 26/10/22 contra la regulación de honorarios del 17/10/22
CONSIDERANDO.
La resolución regulatoria del 17/10/22 fijó honorarios a favor de la abog. C. en la suma de $2500, lo que motivó el recurso del 26/10/22 por parte de su beneficiaria, exponiendo en ese mismo acto sus agravios conforme lo edictado por el art. 57 de la ley 14967.
Ahora bien, la decisión del 17/10/22 sólo tuvo presente la denuncia de pago total de la deuda reclamada en la presente causa, no manifestándose expresamente de acuerdo a lo normado por el art. 161 incs, 1, 2 y 3 del cód. proc.; y a continuación sin más fijó los honorarios de la abog. C.. no siguiendo el procedimiento de sustanciación de la plataforma regulatoria sobre la cual posteriormente se regulan los estipendios profesionales conforme lo disponen los arts. 54 y 57 de la ley 14967 (v. esta cám. expte. 90982, sent. del 2/11/2018 entre muchos otros).
De modo que la regulación de honorarios cuestionada resulta prematura y debe ser dejada sin efecto (art. 34.4., 34.5.b., 169 en adelante y concs. del cód. proc.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Dejar sin efecto la regulación de honorarios del 17/10/22.
Regístrese. Radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Adolfo Alsina. Encomiéndese la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14.967)

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 22/02/2023 11:55:44 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 22/02/2023 12:18:37 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 22/02/2023 12:44:06 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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243700774003094628

CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 22/02/2023 12:44:21 hs. bajo el número RR-58-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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