Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Adolfo Alsina
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Autos: “P. D. M. C/ T. A. M. A. S/INCIDENTE DE ALIMENTOS”
Expte.: -93701-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: lo solicitado en el escrito del 18/5/23, mediante el cual se solicita regulación de honorarios ante esta instancia.
CONSIDERANDO.
Cabe retribuir la tarea del a. abog. Á. como Defensora ad hoc en función del art. 31 de la normativa arancelaria y el principio de proporcionalidad (v. esta cám. sent. del 9/12/20, 91679 “S., V. s/ Protección contra la violencia familiar”, L. 51 Reg. 651, entre otros), aplicando una alícuota del 25% sobre los honorarios determinados por la labor en primera instancia con fecha 27/12/21 (arts. 15.c. y 16 de la ley 14967; ACs. 2341 y 3912 de la SCBA).
De ello resultan 1,5 jus para la letrada Á. (v. trámite del 14/2/23; hon. de prim. inst. -6 jus- x 25%; arts y normas legales citadas).
Por todo lo expuesto, la Cámara RESUELVE:
Regular honorarios a favor de la abog. Á. en la suma de 1,5 jus.
Regístrese. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Paz Letrado de Adolfo Alsina.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 26/06/2023 13:28:52 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 26/06/2023 13:38:07 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 26/06/2023 13:45:32 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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237300774003217770
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 26/06/2023 13:45:41 hs. bajo el número RR-447-2023 por TL\mariadelvalleccivil.
Registrado en REGISTRO DE REGULACIONES DE HONORARIOS el 26/06/2023 13:45:50 hs. bajo el número RH-63-2023 por TL\mariadelvalleccivil.