Fecha del Acuerdo: 21/4/2023

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Paz Letrado de Pehuajó
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Autos: “MUNICIPALIDAD DE PEHUAJO C/ FERROEXPRESO PAMPEANO SA S/ APREMIO”
Expte.: -93586-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso extraordinario de nulidad de fecha 13/3/2023 contra la resolución del 24/2/2023.
CONSIDERANDO.
El recurso de nulidad extraordinario ha sido deducido en término (arts. 279 1º párr. y 297 cód. proc.), se trata de sentencia equiparable a definitiva pues si bien los pronunciamientos recaídos en un juicio de apremio no revisten, en principio, carácter definitivo en el concepto de los arts. 278 y 296 del Código Procesal Civil y Comercial, en el caso, en que el recurrente alega la inexistencia de la deuda reclamada la resolución resulta equiparable a sentencia definitiva, toda vez que lo decidido puede generar al impugnante un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior (conf. arts. 551 y 278 C.P.C.C.).
Por lo demás, se ha alegado la violación de los artículos 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires por omisión de tratamiento de cuestiones que se dicen esenciales (v. fs. 166/169 vta.; art. 296 cód. cit.) y se ha constituido domicilio procesal en la ciudad de La Plata (arts. 280 penúlt. y últ. párrfs. y 297 Cód. Proc.).
Por todo lo anterior, la Cámara RESUELVE:
1- Conceder el recurso extraordinario de nulidad del día 13/3/2023 contra la resolución del 24/2/2023 (arts. 281 y 297 cód. proc.).
2- Hacer saber a la parte recurrida que le asiste la chance de constituir domicilio en la ciudad de La Plata a sus efectos, lo que podrá hacer ante esta Cámara antes de la remisión del expediente (arts. 280 últ. párr., 284 y concs. cód. cit.).
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en la Secretaría Civil, Comercial y de Familia, en razón de encontrarse íntegramente digitalizado, motivo por el que no se requieren sellos postales.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 21/04/2023 11:58:50 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 21/04/2023 12:09:08 – PAITA Rafael Hector – JUEZ
Funcionario Firmante: 21/04/2023 12:17:14 – GINI Jorge Juan Manuel – JUEZ
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246900774003168917
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 21/04/2023 12:18:30 hs. bajo el número RR-259-2023 por TL\mariadelvalleccivil.

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