Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
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Juzgado de origen: Juzgado de Familia 1
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Autos: “B., R. G. C/ C., C. R. O. S/ACCION COMPENSACION ECONOMICA”
Expte.: -93645-
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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la apelación de fecha 31/1/2023 y la providencia de esta cámara de fecha 6/2/2023.
CONSIDERADO.
Según constancias del sistema Augusta, la providencia de cámara que llama a expresar agravios dictada el 6/2/2022 se notificó automatizadamente ese mismo día, quedando perfeccionada dicha notificación el día martes 7/2/2022, comenzando entonces el cómputo del plazo para expresar agravios a partir del día 8/2/2022 (arts. 10 y 13 primer párrafo AC 4013, t.o. AC 4039 y 254 cód. proc.).
Por tratarse de proceso sumario (conf. prov. del 10/5/2021), dicho plazo venció el 14/2/2022 o, en el mejor de los casos, el 15/2/2022 dentro del plazo de gracia judicial (art. 254 cód. proc.).
Por ende, no habiendo sido presentada la correspondiente expresión de agravios dentro del plazo legal exigido por la normativa procesal, la Cámara RESUELVE:
Declarar desierto el recurso de apelación del 31/1/2023 (art. 261 cód. proc.)
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Familia 1.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 27/02/2023 12:42:21 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/02/2023 12:50:19 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/02/2023 13:10:21 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 27/02/2023 13:10:39 hs. bajo el número RR-81-2023 por TL\mariadelvalleccivil.