Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°1
Libro: 52- / Registro: 209
Autos: “SERVYGRAN S.R.L. C/ GUAMI AGROLOGISTICA. SA S/DAÑOS Y PERJUICIOS”
Expte.: -91527-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Silvia E. Scelzo, Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “SERVYGRAN S.R.L. C/ GUAMI AGROLOGISTICA. SA S/DAÑOS Y PERJUICIOS” (expte. nro. -91527-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 13/4/2021, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿qué honorarios corresponde ahora regular en cámara?
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
El informe de secretaría del 5/4/2021 nada más indica cuándo se pidió y cuándo se ordenó la remisión de la causa a la cámara. Fue el abogado Maximiliano J. Moyano quien, colaborando, precisó que esa remisión fue concretada a los fines de regular en cámara los honorarios diferidos en la sentencia del 1/4/2020 (ver escrito del 7/4/2021).
Dentro de los límites de ese informe y de este escrito resulta que s.e. u o. los honorarios diferidos el 1/4/2020 fueron regulados en la resolución del 10/2/2021 (ver informe de secretaría del 28/12/2020). Si eso es así, evidentemente no corresponde volver a regular tales honorarios porque, al hacerlo ya una vez, la cámara agotó su competencia al respecto (arg. art. 166 proemio cód. proc.).
ASÍ LO VOTO (el 15/4/2021; pasado para votar el 13/4/2021; art. 58 Código Iberoamericano de Ética Judicial; arg. art. 1 AC 4003).
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Por los mismos fundamentos adhiere al voto del juez Sosa (art. 266 del Cód. Proc.).
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Por los mismos fundamentos adhiero al voto del juez que abre el acuerdo (art. 266 cpcc.).
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde remitir a los honorarios regulados el 10/2/2021.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Remitir a los honorarios regulados el 10/2/2021.
Regístrese. Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado Civil y Comercial n°1. Encomiéndase la notificación de la presente en la instancia inicial (arts. 54 y 57 ley 14967).
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 27/04/2021 12:05:15 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/04/2021 12:27:58 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/04/2021 12:30:20 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 27/04/2021 12:40:32 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA
‰7mèmH”d%’JŠ
237700774002680507
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS