Fecha del Acuerdo: 4/2/2021

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

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Juzgado de origen: Juzgado de Familia n° 1

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Libro: 52 / Registro: 4

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Autos: “P., Y. C/ F. (PADRE) L. S/ ALIMENTOS”

Expte.: -92070-

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Notificación:

Abog. R.E. Bigliani:

20206480379@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR

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TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975

            AUTOS Y VISTOS: el recurso extraordinario de nulidad del 1/12/2020 contra la resolución del 12/11/2020.

            CONSIDERANDO:

La sentencia impugnada estimó parcialmente la apelación de la actora y elevó el monto de los alimentos provisorios fijados en la instancia inicial, pudiéndose asimilar esos alimentos a medidas cautelares (en rigor, se trata de medidas anticipatorias, en que el objeto del pedido de alimentos provisorios coincide con el objeto del pedido de alimentos definitivos; arg. art. 2 CCyC y  art. 3.4 ley 26854; ver sent. de esta cámara, del 16/5/2017 en autos “Angio, María Matilde C/ Willans, Andrés Francisco S/ Alimentos, Tenencia Y Régimen De Visitas” expte. 90286).

Por eso,  la decisión que establece esos alimentos, como en el caso, no pone fin al proceso y no impide su continuación y, en principio, no causa un gravamen que no pueda ser reparado con el dictado de la sentencia definitiva que culmine el proceso de alimentos (art. 278 cód. proc.). Así,  la resolución que fija alimentos provisorios encuadra en el principio general según el cual las decisiones relativas a medidas cautelares no revisten carácter definitivo en los términos del art. 278 del Código Procesal  (ver doctrina legal cit. en JUBA con las voces sentencia definitiva SCBA cautelar$).

Por ello, la CámaraRESUELVE:

Denegar el recurso extraordinario de nulidad del 1/12/2020 contra la resolución del 12/11/2020.

Regístrese. Notifíquese  electrónicamente mediante la inserción del domiclio electrónico denunciado por el letrado recurrente (art.11 AC 3845). Hecho, radíquese electrónicamente en el Juzgado de Familia n° 1 (art. 5.d.6.e.3.ii  anexo de RC 655/20).

                                                

                                     

 

REFERENCIAS:

Funcionario Firmante: 04/02/2021 11:33:13 – SOSA Toribio Enrique – JUEZ

Funcionario Firmante: 04/02/2021 11:41:16 – SCELZO Silvia Ethel – JUEZ

Funcionario Firmante: 04/02/2021 11:42:52 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ

Funcionario Firmante: 04/02/2021 12:26:55 – RIPA María Fernanda – SECRETARIO DE CÁMARA

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CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN

NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS

 

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