Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 2
Libro: 46- / Registro: 424
Autos: “ACOSTA NICOLAS SEBASTIAN C/ PARDO ALEJANDRO RICARDO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)”
Expte.: -89719-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los veinticinco días del mes de noviembre de dos mil quince, celebran Acuerdo ordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “ACOSTA NICOLAS SEBASTIAN C/ PARDO ALEJANDRO RICARDO Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)” (expte. nro. -89719-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 249, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿son fundadas la apelación subsidiaria de f. 234.I y la apelación de f. 232 contra la resolución de fs. 231/vta.?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Esta cámara, por aplicación de los arts. 330.5 y 337.a del Código Fiscal y del art. 83 CPCC, ya ha decidido que, si el actor no pagó la tasa de justicia por estar exento en función de un beneficio de litigar sin gastos en trámite, lograda más tarde una transacción la aseguradora debe la tasa de justicia pero calculada sobre el monto del acuerdo y no sobre el de la demanda (ver “Hernández c/ Sucesores de Zabala” 6/6/2012 lib. 43 reg. 178).
VOTO QUE SÍ.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Corresponde revocar la resolución de fs. 231/vta. en cuanto ha sido materia de agravios a fs. 234/236 vta. y 243/244 vta..
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Revocar la resolución de fs. 231/vta. en cuanto ha sido materia de agravios a fs. 234/236 vta. y 243/244 vta..
Regístrese. Notifíquese según corresponda (arts. 133, 135 inc. 12 y 249 últ. párr. CPCC). Hecho, devuélvase. La jueza Silvia E. Scelzo no firma por encontrarse en uso de licencia.