Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 2
Libro: 44- / Registro: 281
Autos: “DOTRAS MARTIN JUANC/ MIRANDA BOULLON LUIS CONSTANTINO S/EJECUCION DE SENTENCIA”
Expte.: -88767-
TRENQUE LAUQUEN, 1 de octubre de 2013.
AUTOS Y VISTOS: los recursos de apelación de fojas 58 y 60 contra la regulación de foja 57.
Y CONSIDERANDO.
El juzgado tomó una alícuota inicial del 18% y a partir de ella aplicó la escala del 50% por tratarse el principal de un juicio de conocimiento (v.f. 57; arts. 21 y 41 del d-ley 8904/77).
La normativa arancelaria dispone que se aplicará la mitad de la escala del art. 21 (art. 41 del d-ley cit.) sobre el importe de la ejecución en tanto se cumpla con la totalidad de la etapa, pero en el caso no se dió cumplimiento a la totalidad de los pasos previstos por el código ritual en sus arts. 497 a 513 propios de la ejecución (v. en especial arts. 503, 504 del cpcc.).
Entonces, con este encuadre y en proporción de las tareas realizadas (v. fs. 6/8 vta. 10/12, 13, 27, 32, 33, 35, 40 y 44) cabe tomar una alícuota del 4% sobre la base aprobada -$293.250,23,v.f.50- la que arroja un honorario de $11.730 (base -$293.250,23- x 4%; arts. 16, 21, 41 y concs. de la norma arancelaria cit.) y en esa suma deben fijarse los estipendios recurridos.
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Desestimar el recurso de foja 58.
Reducir los honorarios regulados a favor del abog. Héctor Ricardo Martín, fijándolos en la suma de $11.730.
Regístrese y devuélvase. Encomiéndase la notificación de la presente en primera instancia (art. 54 y 57 del d-ley 8904/77).
Toribio E. Sosa
Juez
Carlos A. Lettieri
Juez
Silvia E. Scelzo
Jueza
María Fernanda Ripa
Secretaría