16-05-12

Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

Juzgado de origen:      Civil y Comercial 1

Libro: 43  / Registro: 146

Autos: “MEIROVICH ALDO SERGIO C/ SOCIEDAD INVERSORA DEL ATLANTICO S.A. S/OFICIO ”

Expte.: -88104-

      TRENQUE LAUQUEN,  16 de mayo de 2012.

      AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO.

La reposición in extremis es admitida en casos verdaderamente excepcionales y no procede en supuestos que pueden ser resueltos adecuadamente por otras vías (esta Cám: 16-07-2010, “R., L.A. c/ G., R.G., s/ Alimentos”, L.41 R.224, entre otros, con cita de Peyrano, Jorge W., “La reposición in extremis”, J.A. 1992-III, pág. 661 y ss.).

Si el recurrente considera que existe un vicio  in procedendo previo a la regulación de honorarios, debe plantear el incidente respectivo (art. 169 y sgtes. cód. proc.).

Si el recurrente juzga que existe error in iudicando en la aplicación de la ley -incluyendo allí la alegada inconstitucionalidad de ciertos preceptos de la ley 10620-, o lisa y llanamente algún absurdo, la vía es el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley,  incluso aunque el agravio no tuviera la entidad pecuniaria suficiente si -como lo sostiene el recurrente, ver f. 132- existiese cuestión federal involucrada (art. 278 cód. proc.; CSN: Fallos 308:490 -”Strada”-; Fallos 311:2478 -”Di Mascio”-, en especial, respecto de este último, consid. 9, segundo párrafo; cits. por SCBA RP 102132 I 16-6-2010 CARATULA: S.,J. s/ Recurso de Queja,  MAG. VOTANTES: Pettigiani-de Lázzari-Soria-Genoud, en JUBA online).

  Por lo tanto,  la Cámara RESUELVE:

      Declarar in límine improcedente la reposición in extremis de fs. 123/132 vta..

      Regístrese. Notifíquese. Hecho, remítanse las actuaciones al juzgado de origen nuevamente.

 

 

                                   Silvia E. Scelzo

                                                    Jueza

      Toribio E. Sosa

       Juez

                             Carlos A. Lettieri

                                      Juez

 

            María Fernanda Ripa

                    Secretaría

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