EN CASO DE RECONVENCIÓN EL LIMITE DEL 25% DE HONORARIOS SE CALCULA POR SEPARADO.

La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, en autos caratulados “VINAY EDUARDO FRANCISCO  C/ RUBEL SEBASTIAN DANIEL S/ ESCRITURACION ” (causa: 122557 ),  resolvió  que conforme el art. 730 CCCN, en cuanto a fines del prorrateo del 25 % se toman por separado todas las regulaciones derivadas de la demanda que prospera y de la reconvención rechazada.

122557

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