La Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata, en autos caratulados “D. M. E. C/ P. G. N. S/ PROTECCION CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR (LEY 12569) “ (causa: 131384) resolvió revocar la medida cautelar impuestas por el Juez de grado, ya que no existe prueba alguna en el expediente que respalde prorrogar y ampliar las medidas ordenadas salvo que existan nuevos episodios de violencia (hechos) que justifiquen la prórroga de las medidas.-
Fallo completo: 131384