BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS. ALCANCE. CONCESIÓN PARCIAL.

La Cámara Segunda Civil y Comercial (Sala II) de La Plata, con fecha 05/04/2024, en la causa Nº 136485/1, concedió parcialmente el Beneficio de Litigar sin gastos solicitado y que había sido denegado por el juez de primera instancia.

Para así decidir consideró, analizando la totalidad de la prueba producida, que la peticionante se halla en condiciones de sostener los gastos del juicio que ha de iniciar en un 25 % y que no resulta adecuado castigar con el rechazo del beneficio de litigar sin gastos a una persona que trabaja y que ha podido atesorar una modesta suma de dinero en concepto de ahorro, haciéndola cargar con todos los costos del proceso, ubicándola en una situación de holgura económica que las máximas de la experiencia universal indican que no se cumple.

Fallo Completo: 136485_1

This entry was posted in Sin categoría. Bookmark the permalink.

Comments are closed.