Instrucción. Medida cautelar denegada por inexistencia de delito penal: mediación, acuerdo, posterior incumplimiento; posibilidad de la existencia de nuevo accionar ilícito. Gravamen de muy dificultosa reparación ulterior. Se lo declara admisible, se anula y reenvía.


I.P.P. 17.471-I

“W. s/ defraudación por desbaratamiento de derechos acordados”