Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Familia 1
Libro: 46– / Registro: 377
Autos: “T., V. A. C/ T., J. R. Y OTROS S/FILIACION”
Expte.: -89664-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, a los diez días del mes de noviembre de dos mil quince, celebran Acuerdo ordinario los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Silvia E. Scelzo, Toribio E. Sosa y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “T., V. A. C/ T., J. R. Y OTROS S/FILIACION” (expte. nro. -89664-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de f. 46, planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿es procedente la apelación subsidiaria de fs. 37/39 contra la resolución de fs. 35/vta.?.
SEGUNDA: ¿qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Conforme los artículos 348, 545 y 594 del código procesal, es posible al contestar las excepciones ofrecer prueba de que intente valerse, de manera que la documental de fs. 28/31 acompañada por la actora al responder la excepción, no puede considerarse incorporada al margen de la ley (art. 34.4 cód. proc.; conf. ésta Cámara expte. 17088, sent. del 16/04/09, L. 40, Reg. 125). Máxime que en caso está en juego un derecho tan fundamental como es el derecho a la identidad (arts.1, y 18 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 2 y 18 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; 3 y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).
Por ello, corresponde desestimar la apelación subsidiaria de fs. 37/39 contra la resolución de fs. 35/vta, con costas a la apelante vencida (art. 69 cód proc.) y diferimiento de los honorarios de Cámara (art. 31 y 51 dec-ley 8904/77).
ASI LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que por compartir sus fundamentos, adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que por compartir sus fundamentos adhiere al voto emitido en primer término.
A LA SEGUNDA CUESTION LA JUEZA SCELZO DIJO:
Corresponde desestimar la apelación apelación subsidiaria de fs. 37/39 contra la resolución de fs. 35/vta. con costas a la apelante vencida y diferimiento aquí de la resolución sobre honorarios.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ SOSA DIJO:
Que adhiere al voto que antecede.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Desestimar la apelación apelación subsidiaria de fs. 37/39 contra la resolución de fs. 35/vta. con costas a la apelante vencida y diferimiento aquí de la resolución sobre honorarios.
Regístrese. Notifíquese según corresponda (arts. 133, 135 inc. 12 y 249 últ. párr. CPCC). Hecho, devuélvase.

