Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Paz de General Villegas
Autos: “B., P. E. C/ C., M. I. Y OTRO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (FAMILIA)”
Expte.: -96525-
En la ciudad de Trenque Lauquen, provincia de Buenos Aires, en la fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975, celebran telemáticamente Acuerdo los jueces de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Andrés Antonio Soto y Carlos A. Lettieri, para dictar sentencia en los autos “B., P. E. C/ C., M. I. Y OTRO S/BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS (FAMILIA)” (expte. nro. -96525-), de acuerdo al orden de voto que surge del sorteo de fecha 2/7/2026 planteándose las siguientes cuestiones:
PRIMERA: ¿Es procedente la queja del 5/5/2026?
SEGUNDA: ¿Qué pronunciamiento corresponde emitir?.
A LA PRIMERA CUESTION EL JUEZ SOTO DIJO:
Por resolución de fecha 1/4/2026 se decide en la instancia de grado una cuestión atinente a las pruebas, y se imponen las costas de esa incidencia a la parte actora.
Así, la actora apela esa decisión (recurso del 13/4/2026), y el recurso fue denegado por el art. 377 del cód. proc. (res. del 21/4/2026).
Ello motiva la presente queja, la que debe ser estimada, en tanto según se expone ahora, lo recurrido se limita a la imposición de costas a la quejosa, aspecto que queda al margen de la regla de la inapelabilidad del art. 377 del cód. proc. (arts. 69, 3° párrafo, 275 y 276 cód. proc.).
ASI LO VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Adhiero al voto del juez Soto (art. 266 del cód. proc.).
A LA SEGUNDA CUESTION EL JUEZ SOTO DIJO:
Corresponde estimar la queja traída, debiendo en la instancia de origen conceder el recurso de apelación interpuesto el 13/4/2026.
TAL MI VOTO.
A LA MISMA CUESTION EL JUEZ LETTIERI DIJO:
Que adhiere al voto emitido en primer término al ser votada esta cuestión.
CON LO QUE TERMINO EL ACUERDO, DICTANDOSE LA SIGUIENTE:
S E N T E N C I A
Por lo que resulta del precedente Acuerdo, la Cámara RESUELVE:
Estimar la queja traída, debiendo en la instancia de origen conceder el recurso de apelación interpuesto el 13/4/2026.
Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, archívese.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 07/07/2026 09:21:54 – SOTO Andrés Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 07/07/2026 11:42:48 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 07/07/2026 11:57:53 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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237900774004082761
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 07/07/2026 11:58:01 hs. bajo el número RR-613-2026 por DEL VALLE QUINTANA MARIA.

