Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n°2
Autos: “LOPEZ LILIANA BEATRIZ C/ GALVAN MONICA SILVINA Y OTRO S/DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)”
Expte.: -93628-
TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS, VISTOS y CONSIDERANDO:
La parte demandada peticiona en la audiencia de fecha 26/6/2026 que se haga lugar a la inspección ocular sobre el inmueble UF 1 P.H. 107-18-81.
Pues bien, esa solicitud ya ha sido resuelta por este tribunal mediante resoluciones de los días 17/11/2025 y 10/3/2026.
Al encontrarse firme lo allí decidido, la nueva presentación resulta inadmisible por extemporánea, habiendo operado la preclusión procesal (art. 155 del CPCC).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
Declarar inadmisible por extemporánea la medida de inspección ocular peticionada por la parte demandada (arts. 36, inc. 1º, 155 y concs. del CPCC).
Regístrese. Notifíquese de conformidad con el art. 10 del AC 4013 t.o. AC 4039 de la SCBA.
Hecho, sigan los autos conforme su estado.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 15/07/2026 11:15:00 – SOTO Andrés Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 15/07/2026 11:20:57 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 15/07/2026 11:25:31 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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247400774004086359
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 15/07/2026 11:25:42 hs. bajo el número RR-633-2026 por DEL VALLE QUINTANA MARIA.

