Fecha del Acuerdo: 8/6/2026


Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen


Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial n° 2


Autos: “MUTUAL SOCIOS Y ADHERENTES CLUB ESTUDIANTES UNIDOS C/ POLO, ALBERTO LUIS Y OTROS S/ ··EXTENSION DE QUIEBRA”
Expte.: -94081-


TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: la resolución del día 8/6/2026 y la presentación de    Jorge Ricardo Fernández, patrocinado por el abogado  Luciani, del día 13/6/2026
CONSIDERANDO: 
En función de lo expuesto y siendo que, según se pudo constatar la demora no resulta imputable al presentante, es dable hacer lugar a la prorroga peticionada (arg. arts. 2 y 3 CCyC, 15 Const. Pcia. Bs.As.).
Por ello, la Cámara RESUELVE:
1.  Prorrogar el plazo para acreditar la franquicia en el expediente "Fernández Jorge Ricardo c/ Testardini María Teresa s/ Beneficio de Litigar sin Gastos (expte: TL-292-2024)", por tres meses a contar desde la notificación de la presente.
2. Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, sigan los autos conforme su estado.

REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 08/07/2026 11:40:19 – SOTO Andrés Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 13/07/2026 11:15:52 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 13/07/2026 11:33:35 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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239500774004083554

CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 13/07/2026 11:33:45 hs. bajo el número RR-616-2026 por DEL VALLE QUINTANA MARIA.