Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen
Juzgado de origen: Juzgado de Familia n° 1 sede Trenque Lauquen
Autos: “R., C. B. S/ PRIVACION/SUSPENSION DE LA RESPONSABILIDAD PARENTAL”
Expte.: -95585-
TRENQUE LAUQUEN, fecha según art. 7 del Anexo Único del AC 3975
AUTOS Y VISTOS: el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal del día 14/11/2025 contra la resolución del día 29/10/2025, la providencia de fecha 20/11/2025 y las presentaciones de los días 20/11/2025 y 25/11/2025, respectivamente, de la recurrente.
CONSIDERANDO:
Se trata de sentencia definitiva, el recurso ha sido deducido en término, con mención de la normativa que se considera violada o aplicada erróneamente e indicando en qué consiste la presunta violación o error (arts. 278, 279 "proemio" y últ. párr., 281 incs. 1, 2 y 3 cód. proc.)
En cuanto al cumplimiento de la carga establecida en el art. 280 del cód. procesal, la recurrente ha acompañado constancias con fechas 20/11/2025 y 25/11/2025 de las cuales surgen que se ha concedido beneficio de litigar sin gastos conforme al art. 78 del cód. proc., quedando, en virtud de ello, eximida de realizar el depósito previo previsto en el artículo 280, tercer párrafo del cód. procesal.
Por ello, la Cámara RESUELVE:
1. Conceder el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y doctrina legal interpuesto en 14/11/2025 contra la resolución del día 29/10/2025.
2. Hacer saber a la parte recurrida que le asiste la chance de constituir domicilio en la ciudad de La Plata a sus efectos, lo que podrá hacer ante esta Cámara antes de la remisión del expediente (arts. 280 últ. párr., 284, 297 y concs. cód. proc.).
3. Regístrese. Notifíquese de acuerdo al art. 10 AC 4013 t.o. AC 4039. Hecho, radíquense las actuaciones electrónicamente juntamente con sus vinculados en la Secretaría Civil y Comercial y de Familia de la SCBA.
REFERENCIAS:
Funcionario Firmante: 03/12/2025 08:09:01 – SOTO Andres Antonio – JUEZ
Funcionario Firmante: 03/12/2025 11:36:56 – LETTIERI Carlos Alberto – JUEZ
Funcionario Firmante: 03/12/2025 11:54:51 – QUINTANA Maria Del Valle – AUXILIAR LETRADO
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245400774003937950
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL – TRENQUE LAUQUEN
NO CONTIENE ARCHIVOS ADJUNTOS
Registrado en REGISTRO DE RESOLUCIONES el 03/12/2025 11:55:36 hs. bajo el número RR-1175-2025 por TL\mariadelvalleccivil.

