Fecha del Acuerdo: 11-10-11. Honorarios.


Cámara de Apelación Civil y Comercial Trenque Lauquen

Juzgado de origen: Juzgado Civil y Comercial 1

Libro: 42 – / Registro: 327

Autos: “HERMSDORF, NORBERT LEANDER P F C/ PORTA, MONICA GRACIELA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS CIVILES Y COMERCIALES”

Expte.: -87606-

 

      TRENQUE LAUQUEN, 11 de octubre de 2011.    

      AUTOS Y VISTOS: lo dispuesto por este Tribunal a fojas 252/271 y 327/328vta..

      Y CONSIDERANDO.

      Dentro del marco legal que impone el art. 31 del d-ley 8904/77, deben ser retribuidos los trabajos llevados a cabo  por  los  abogados  Ruíz (v.fs. 237/241  y 321/322), Van Schaik y Arribillaga (v.fs. 247/249vta. y 318/319) que dieron origen a las sentencias de fojas 252/271  y 327/328vta..

      Por tal motivo  y merituando el éxito de los recursos,  la Cámara RESUELVE:

      a. por la  sentencia de fojas 252/271, regular honorarios a favor de:

      * abog. MARTIN RUIZ, fijándolos en la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO  -$4374-  (hon. totales de  1ra. inst. por  cuestión  ppal. -$16200- x 27%).

      * abog. FLORENCIA VAN SCHAIK, fijándolos en la suma de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO -$8694-  (hon. 1ra. inst. por  cuestión  ppal. -$37800 – x 23%).

      * abog. LUIS MARIA ARRIBILLAGA, fijándolos en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS OCHO -$2608- (hon. 1ra. inst. por cuestión ppal. -$11340- x 23%).

      b- por la sentencia de fojas 327/328vta., regular honorarios a favor de:

      * abog. MARTIN RUIZ, fijándolos en la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS VEINTE -$1820-  (hon. 1ra. inst. por  incidencia base regulatoria  -$7280- x 25%).

      * abog. FLORENCIA VAN SCHAIK, fijándolos en la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UNO  -$781-  (hon. 1ra. inst. por  incidencia base regulatoria  -$3397 – x 23%).

      * abog. LUIS MARIA ARRIBILLAGA, fijándolos en la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS  -$352- (hon. 1ra. inst. por incidencia base regulatoria  -$1529- x 23%).

      Cantidades todas a las que se les deberán  efectuar las retenciones y/o adiciones que por ley pudieren corresponder.

      Regístrese y devuélvase. Encomiéndase la notificación de  la presente en primera instancia (arts. 54 y 57 del d-ley 8904/77).

 

                        Carlos A. Lettieri

                               Juez

    Silvia E. Scelzo

            Jueza

                        Toribio E. Sosa

                               Juez

María Fernanda Ripa

         Secretaría


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