Prescripción de la ejecutoria. Plazo quinquenal. Modificación de plazos por ley posterior.


Con fecha 21/11/2024, la Sala Tercera de esta Cámara resolvió declarar prescripta la acción ejecutoria de la sentencia por aplicación del plazo de cinco años, previsto en el artículo 2560 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Fallo completo: 103394