Con fecha 9/5/23, la sala 2da de la Cámara 2da, en la causa “G. E. C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ DAÑOS Y PERJUICIOS” dispuso que el dólar MEP resulta la cotización más acercada a la realidad del mercado cambiario minorista que, sin ser técnicamente una cotización de moneda extranjera, es uno de los únicos instrumentos que permiten adquirir la divisa estadounidense en la economía diaria de los particulares y, específicamente, en el mercado inmobiliario.

