Con fecha 23 de marzo de 2023, la Sala Tercera, integrada por los Dres. Andrés A. Soto y Laura M. Larumbe, dictó sentencia en donde modificó la sentencia de trance y remate dictada en la ejecución hipotecaria, dejando sin efecto la suspensión del curso de los intereses en el período prejudicial y confirmándola en cuanto a la suspensión de los intereses en los períodos en que el proceso estuvo paralizado por inactividad del acreedor.

